martes, 23 de junio de 2015

¿Cómo se calcula el impuesto al salario?

[Vamos! Nº 54]   Tras la última resolución del Gobierno. El Gobierno se ha encargado de hacer cada vez más engorroso este impuesto. Una breve explicación sobre los últimos cambios.




La reciente Resolución 3770/2015 de AFIP hace aún más enmarañado el cálculo del Impuesto a las “Ganancias” para los asalariados en relación de dependencia. Con o sin reducción, los trabajadores que no han sido exceptuados de pagar este impuesto ven, paritaria tras paritaria, cómo crece la confiscación de parte del salario. Por eso decimos que el impuesto pasó a ser otra forma de techo en las paritarias.

Si bien el discurso oficial minimiza el impacto del impuesto, los trabajadores alcanzados lo sienten en el bolsillo porque están lejos de la “aristocracia obrera”, como la presidenta Cristina Kirchner intenta estigmatizarlos. Tal es así que la recaudación de la AFIP por el Impuesto a las Ganancias aumentó en mayo un 56% respecto del mismo mes del año pasado. La recaudación por el impuesto a las ganancias equivale al 19% de lo que recauda la AFIP, siendo el impuesto que más recauda luego del IVA.

Bajo la consigna “el salario no es ganancia”, se ha generalizado la idea de que este gravamen al salario es injusto, sea mucho o sea poco. Pero también es necesario analizar cuánto son las reducciones que ha introducido el Gobierno. ¿Por qué el Gobierno estableció varios mínimos no imponibles distintos (según la escala salarial) en lugar de subir este mínimo? Intentaremos desenredar la galleta.

Salario bruto

En la infografía 1 se muestran paso a paso los descuentos al salario. En la primera columna se marca el salario bruto: el salario total que figura en el recibo de sueldo. Se tomó el ejemplo de un salario de 25.001 pesos mensuales, sueldo que no fue alcanzado por ninguna reducción en el impuesto según la reciente resolución de AFIP. Consideramos el caso de un obrero soltero u obrera soltera sin hijos.

Cargas sociales

En la segunda columna se grafica el descuento por cargas sociales del 17,3% (11% para jubilación, 6% para obra social y 0,3% para el fondo compensador nacional de obras sociales). (Por otro lado están los aportes patronales, que no figuran en el recibo de sueldo. Por una cuestión de simplificación, no se contempla el descuento sindical.) El salario bruto menos el descuento por cargas sociales da como resultado lo que el trabajador cobraría si no hubiera impuesto al salario.

Deducciones

Entre ambas columna, marcado con un corchete, se muestran las Deducciones: la parte del salario no sujeta al impuesto. Dentro de los ítems que pueden deducirse se incluye: el mínimo no imponible propiamente dicho; una deducción especial; cónyuge; hijos; seguro de muerte; parte de los servicios médicos y prepaga; intereses hipotecarios. La Ley de Impuesto a las Ganancias no permite deducir el alquiler de la vivienda.

Los valores de cada deducción eran únicos hasta septiembre de 2013, cuando el Gobierno por Decreto 1242/2015 hizo que pasaran a depender del salario cobrado entre enero y agosto de 2013. Sobre esto, la última Resolución 3770 de AFIP hizo aún más engorroso el cálculo al establecer no tres sino ocho escalas de deducciones. Para no abundar con cifras, en la tabla 2 damos las deducciones totales para dos casos típicos: soltero sin hijos y casado/a con dos hijos.

Es decir, el monto de las deducciones (la parte del salario libre del impuesto) depende no sólo de su situación particular (si es casado/a o no, hijos, etc.), sino también del salario que cobró entre enero y agosto de 2013. Para el caso de un soltero sin hijos las deducciones van desde $9.020 a $11.275. Para el caso de un trabajador o trabajadora con cónyuge y dos hijos la parte no imponible del salario es entre $12.476 y $15.595.

El impuesto

El impuesto al salario se calcula sobre el resto del salario, marcado con un corchete como “Ganancia Neta”. Esta “ganancia” (o parte del salario sobre la cual se calcula el impuesto) es igual al salario bruto menos las cargas sociales y las deducciones.

El impuesto sobre esta parte del salario se calcula como alícuotas acumulativas que van desde el 9% (cuando la “ganancia” no llega a $833 por mes) hasta el 35%. A partir de una “ganancia” mensual de 10 mil pesos, el Estado pasa a descontar 35 centavos por cada peso por encima de esa cifra. La infografía 3 muestra los descuentos por impuesto al salario según esta “ganancia” o parte imponible del salario. Este cálculo de impuesto según “Ganancia Neta” (mostrado en 3) es igual para todos los salarios. La diferencia en cada caso consiste en el monto de las deducciones, según la situación particular del trabajador y el sueldo que cobró entre enero y agosto de 2013 (como muestra la tabla 2).

Para nuestro ejemplo, de 25 mil pesos de salario bruto, la “Ganancia Neta” alcanza los $11.656 y el impuesto significa unos $2.954 por mes. Con estos valores, ya entró en el rango en el cual le descuentan el 35% de cada aumento salarial que conquiste. Esto ocurre con todo asalariado que supere los 10 mil pesos de “Ganancia Neta” o los $2.375 de descuento mensual por “Ganancias”.

Este porcentaje de descuento (equivalente al que se aplica a las ganancias de una empresa) favorece la recaudación impositiva, pero en base al trabajo asalariado. Así funciona además como un certero tope salarial.

Tan beneficiado

En la explicación previa tomamos el caso de un asalariado que no fue alcanzado por las reducciones al impuesto al salario aprobadas por el Gobierno en 2013 y en 2015. Ahora tomaremos el caso de un trabajador que en 2013 cobraba $15.001 de salario bruto. Es decir, el mínimo salario sobre el que se descuenta este impuesto (con $15.000 hubiera sido exceptuado del impuesto).

Sin embargo, vamos a considerar que tuvo un aumento salarial en 2014 y 2015 del 29% en promedio: un poco mejor que los “logros” de la CGT oficialista aunque aún por debajo de la inflación. Con estos aumentos, ahora cobra 25 mil pesos en bruto. Esto es la misma cifra que el ejemplo de la infografía 1, pero con la diferencia que le corresponde otro descuento porque tenía otro salario en 2013. Consideramos también el caso de un/a soltero/a sin hijos.

En este caso, ahora las deducciones alcanzarían a $11.275 (según figura en la tabla 2). La “Ganancia Neta” sería ahora $9.401 y el descuento mensual por el impuesto resulta entonces $2.189 (según infografía 3).

O sea que para este caso, uno de los más beneficiados por las reducciones establecidas por el Gobierno, la disminución del impuesto no llega a $800. Por otro lado, este salario, aun siendo en 2013 el más bajo que pagaba el impuesto, en 2015 ya se encuentra muy próximo al rango de “ganancia” en el cual le pasarán a retener el 35% de cada aumento que obtenga.

Injusto y regresivo

Por lo que vimos, el gran beneficio que anunció el ministro Kicillof es bastante miserable. La maraña de reducciones le pudo servir para presentar un acto propagandístico; pero no pudo despertar entusiasmo sino que recibió críticas generalizadas. El único descuento significativo es el caso de quienes fueron exceptuados del impuesto por no haber superado los 15 mil pesos de salario bruto en 2013. Sin embargo, aún este aumento del mínimo salarial que paga impuesto a las “ganancias” también va detrás de la inflación.

Por otro lado, aún considerando lo justo de exceptuar de este impuesto a los trabajadores que cobraban hasta 15 mil pesos, se genera el sin sentido de que por un peso más de salario ahora te pasan a descontar más de dos mil pesos (como calculamos en el ejemplo anterior). Todo porque el Gobierno no ha hecho una actualización del mínimo no imponible y demás deducciones desde el año 2011.

Además, mantiene sin cambios la escala de descuentos impositivos (que mostramos en la infografía 3) desde 2001. Es más: el nuevo sistema implementado por la AFIP lo que hace es que se acorte la brecha salarial entre el que no paga impuesto y el que ya sufre descuentos del 35%. Esto muestran los ejemplos que dimos.

¿Por qué el Gobierno no hizo un cambio general del mínimo no imponible sino que implementó este complejo sistema de reducción del impuesto? Porque no quiere reducir ni un peso el impuesto que pagan los salarios medios y superiores. Y paritaria tras paritaria, son cada vez los trabajadores que entran en el rango que le descuentan el 35% de cada aumento que conquistan.

De este modo se explica que, aún en crisis y con un aumento salarial promedio en 2014 de 29,7% (según cifras del Ministerio de Trabajo), en mayo de este año la recaudación por el impuesto a las ganancias haya aumentado un 56,1%. Es la recaudación que más creció. El impuesto al salario es injusto y, además, es cada vez más regresivo.